La Ley 5/2025 se publicó en el BOE el 25 de julio de 2025 y entró en vigor al día siguiente. Modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para trasponer una directiva europea y, sobre todo, para incorporar buena parte de las cincuenta recomendaciones que la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración hizo en su informe de 2020.
¿A qué accidentes se aplica?
Los cambios del sistema de valoración (el título IV de la ley y sus tablas) se aplican a los accidentes ocurridos a partir del 26 de julio de 2025 (disposición final novena). Si tu accidente fue anterior, se valora con el sistema de 2015, aunque con las cuantías actualizadas al año en que se fije la indemnización.
Los cambios que más te afectan
1. Daño psicológico: puntuaciones mucho más altas
La nueva tabla del baremo médico eleva las puntuaciones de los trastornos psíquicos. El estrés postraumático leve pasa de 1-2 puntos a 4-10, el moderado de 3-5 a 11-15 y el grave de 6-15 a 16-25. Se regula aparte el trastorno adaptativo (4-10 y 11-15 puntos) y el depresivo mayor crónico llega hasta 60 puntos en su grado muy grave. A cambio, los requisitos son exigentes. Te lo explicamos en estrés postraumático.
2. Libre elección de centro sanitario
La ley reconoce expresamente que el lesionado puede elegir dónde tratarse y que la aseguradora debe reembolsarle lo pagado si está justificado y es médicamente razonable (artículo 141.3). Los convenios entre aseguradoras y centros siguen existiendo: puedes ir a un centro del convenio sin adelantar dinero o a otro de tu elección.
3. Una reclamación más sencilla
La reclamación a la aseguradora ya no tiene que llevar una cifra: la ley dice que no requiere estar cuantificada aunque tengas los datos para calcularla. La denuncia penal se equipara a la reclamación previa si se comunica a la aseguradora, y la policía debe facilitar gratis copia del atestado a los perjudicados (artículo 7.1).
4. El Instituto de Medicina Legal, a tu alcance
Si no estás conforme con la oferta, o si la aseguradora responde que no sufriste lesiones por el accidente, puedes pedir un informe al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses aunque la aseguradora no esté de acuerdo y a su costa (artículo 7.5).
5. Actualización con el IPC
Las cuantías del baremo dejan de actualizarse con el índice de revalorización de las pensiones y pasan a actualizarse con el índice de precios al consumo (IPC), con efectos desde el 1 de enero de 2026.
6. Lucro cesante y tareas del hogar
- Los ingresos que se toman como base en fallecimiento y secuelas no pueden ser inferiores al salario mínimo interprofesional.
- Se suprime el límite de un mes de lucro cesante para quien se dedica a las tareas del hogar en las curaciones sin secuelas o con secuelas de hasta tres puntos, y se crean tablas específicas para estos casos.
- Aumenta el porcentaje de lucro cesante por incapacidad total para los mayores de 50 años.
7. Perjuicio estético
Se corrige la horquilla del grado muy importante, que pasa a 31-40 puntos (en la tabla de 2015 figuraba con los mismos puntos que el grado importante). Te lo explicamos en cicatrices y perjuicio estético.
8. Herederos del lesionado que fallece
Se mejora la protección de los herederos cuando el lesionado muere antes de fijarse la indemnización (artículo 45).
9. Síntomas que siguen tras la estabilización
Los síntomas persistentes que siguen tras la estabilización pero están llamados a curarse a corto o medio plazo se valoran como lesión temporal hasta su curación (artículo 134.2).
10. Mediación
Si no estás de acuerdo con la oferta, cualquiera de las partes puede iniciar un medio adecuado de solución de controversias, con profesionales especializados en el sistema de valoración (artículo 14).
Otros cambios
- Patinetes y vehículos personales ligeros: se crea su seguro obligatorio de responsabilidad civil. Te lo contamos en normas del patinete eléctrico.
- Nuevo concepto de vehículo a motor (artículo 1 bis), adaptado a la directiva europea.
- Fiscalidad: queda claro que también están exentas del impuesto sobre la renta las indemnizaciones por daños personales que paga el Consorcio de Compensación de Seguros.
- Protección de datos: un nuevo título V aclara cómo pueden tratarse los datos de salud de los lesionados.
Fuentes: Ley 5/2025, de 24 de julio, y su anexo con la tabla 2.A.1 (baremo médico), BOE, preámbulo, artículo primero y disposición final novena; Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004), BOE, texto consolidado.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se aplica la reforma del baremo?
A los accidentes ocurridos a partir del 26 de julio de 2025, fecha de entrada en vigor de la Ley 5/2025.
Mi accidente fue antes. ¿Me afecta la reforma?
El sistema de valoración aplicable es el de la fecha del accidente, es decir, el de 2015. Las cuantías sí se actualizan al año en que se fija la indemnización. Algunas normas de procedimiento, como las del artículo 7, se aplican desde la entrada en vigor de la ley.
¿Ha subido la indemnización por estrés postraumático?
Sí, mucho: el leve pasa de 1-2 a 4-10 puntos, el moderado de 3-5 a 11-15 y el grave de 6-15 a 16-25. Pero exige un accidente excepcionalmente amenazante o catastrófico y seguimiento continuado por psiquiatría.
¿Puedo ir a cualquier centro médico?
Sí. La ley reconoce la libre elección de centro y el reembolso de los gastos justificados y médicamente razonables.