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Culpa concurrente

Culpa compartida en un accidente: cuánto cobras

Que tengas parte de culpa no significa que no cobres nada. La ley reduce la indemnización en proporción, con un límite. Te explicamos cómo funciona.

En muchos accidentes la culpa no es de uno solo: un conductor se salta un ceda el paso, pero el otro iba demasiado rápido; un peatón cruza por donde no debe y el coche no frena a tiempo. El derecho llama a esto culpa concurrente, y el artículo 1.2 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor dice cómo afecta a tu indemnización.

La regla: se reduce, hasta un máximo del 75 %

Cuando la víctima contribuye a producir el daño, se reducen todas las indemnizaciones (también los gastos) en atención a esa culpa, hasta un máximo del 75 %. Es decir, aunque tu culpa sea grande, si no es exclusiva conservas al menos una parte. Solo si el daño se debió a tu culpa exclusiva, o a una fuerza mayor ajena a la conducción, queda exonerado el conductor del vehículo.

EjemploIndemnización calculadaTu culpaCobras
Latigazo cervical con 2 puntos de secuela6.506,04 €30 %4.554,23 €
Fractura con secuelas30.000,00 €50 %15.000,00 €

El porcentaje lo fija el acuerdo con la aseguradora o, si no lo hay, el juez, a la vista del atestado, los testigos, las fotos y, si hace falta, un informe de reconstrucción del accidente.

Cinturón, casco y otros elementos de protección

La ley considera que hay contribución de la víctima si, por no llevar o llevar mal el cinturón, el casco u otros elementos de protección, incumple la normativa de seguridad y eso agrava el daño. No basta con que no lo llevaras: la aseguradora tiene que justificar que, de haberlo llevado, las lesiones habrían sido menores. Por eso, en un choque por alcance con un latigazo cervical, no llevar el cinturón puede no influir, y en una salida de vía con traumatismo craneal, sí.

Menores de 14 años y personas sin capacidad de culpa

En lesiones y secuelas, la culpa de una víctima que no conducía un vehículo a motor y es menor de catorce años, o que por una discapacidad carece de capacidad de culpa civil, no reduce ni suprime la indemnización, y la aseguradora no puede repetir contra sus padres o tutores. La excepción es que hubieran contribuido dolosamente, es decir, a propósito.

El deber de no agravar el daño

Las mismas reglas se aplican si la víctima incumple su deber de mitigar el daño: si deja de hacer algo generalmente exigible, sin riesgo para su salud, que habría evitado empeorar, y en especial si abandona sin justificación el tratamiento. Faltar a la rehabilitación durante semanas puede costarte una reducción.

Cuando chocan dos vehículos y los dos tienen culpa

En las colisiones entre dos vehículos con culpa de ambos conductores, cada uno puede reclamar a la aseguradora del otro sus daños personales, reducidos según su propia contribución. Los pasajeros no tienen culpa en el accidente y cobran íntegro (salvo, por ejemplo, que no llevaran el cinturón y eso agravara sus lesiones). Te lo explicamos en indemnización del pasajero.

Para los daños materiales (el coche, la moto), la ley se remite a las reglas generales de la responsabilidad civil del Código Civil, que también permiten moderar la indemnización según la culpa de cada uno.

Cómo defenderte si te atribuyen parte de culpa

  • Pide copia del atestado: la policía debe facilitarla gratis al perjudicado (artículo 7.1).
  • Haz fotos del lugar, de la posición de los vehículos y de las señales.
  • Apunta los datos de testigos.
  • Revisa el parte amistoso antes de firmarlo: lo que marques en las casillas pesa mucho.

Fuentes: Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004), BOE, artículos 1 y 7; Código Civil, BOE, artículo 1902.

Preguntas frecuentes

¿Cobro algo si el accidente fue en parte culpa mía?

Sí. La indemnización se reduce en proporción a tu culpa, con un máximo del 75 %. Solo si la culpa es exclusivamente tuya no hay indemnización por parte del otro vehículo.

¿Me reducen la indemnización por no llevar el cinturón?

Solo si no llevarlo agravó tus lesiones. La aseguradora tiene que justificarlo.

Mi hijo de 10 años cruzó sin mirar. ¿Le reducen la indemnización?

No. En lesiones y secuelas, la culpa de un menor de 14 años que no conducía un vehículo a motor no reduce ni suprime la indemnización, salvo que actuara dolosamente.

¿Pueden reducirme la indemnización por dejar la rehabilitación?

Sí. Abandonar el tratamiento sin justificación es incumplir el deber de mitigar el daño, y se aplica la misma reducción que a la culpa concurrente.

Contenido revisado por un abogado colegiado de Indemnización Tráfico. Actualizado el 12 de octubre de 2026.

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