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Peatones

Indemnización por atropello

Como peatón, la ley te protege especialmente: el conductor que te atropella responde de tus lesiones salvo en casos muy concretos. Te explicamos qué te corresponde y qué hacer.

Si te atropella un vehículo a motor, su conductor responde de tus lesiones por el simple riesgo que crea al circular. Solo queda libre si demuestra que el atropello fue culpa exclusiva del peatón o se debió a una fuerza mayor ajena a la conducción. Los fallos del vehículo, como unos frenos defectuosos, no le eximen.

La indemnización la paga la aseguradora del vehículo y se calcula con el baremo de tráfico: días de curación, secuelas, perjuicio estético, gastos y lucro cesante.

¿Puede reducirse si el peatón tuvo parte de culpa?

Sí. Si cruzaste por un lugar indebido o con el semáforo en rojo, la aseguradora puede alegar que contribuiste al atropello y pedir que se reduzca la indemnización, como máximo un 75 %. Cada caso depende de cómo ocurrió y de lo que pueda probarse.

Menores de 14 años: si la víctima es un peatón menor de 14 años, o una persona que por su discapacidad no tiene capacidad de culpa civil, su posible culpa no reduce ni elimina la indemnización por lesiones y secuelas, salvo que actuara a propósito.

Según el vehículo que te atropelló

  • Coche, moto o camión: paga su aseguradora. Si no tenía seguro o huyó, el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Patinete eléctrico: desde la nueva regulación tienen seguro obligatorio ligado a su inscripción en el registro de la Dirección General de Tráfico. Te lo explicamos en accidente en patinete eléctrico.
  • Bicicleta: no tiene seguro obligatorio. Se reclama directamente al ciclista según las reglas generales del Código Civil, y conviene comprobar si tiene un seguro de responsabilidad civil, por ejemplo en su seguro de hogar o por ser federado.

Qué hacer después de un atropello

  1. Llama al 112 y deja que te atiendan, aunque creas que no es nada.
  2. Pide que acuda la Policía para que levante un atestado. Anota la matrícula del vehículo y los datos de los testigos.
  3. Ve al médico el mismo día y guarda todos los informes.
  4. Haz fotos del lugar: el paso de peatones, el semáforo, la iluminación.
  5. No firmes nada con la aseguradora sin que lo revisemos.

Si te han atropellado, no hace falta que vengas a ningún despacho: llevamos el caso por WhatsApp y correo desde cualquier punto de España, también desde Alicante, Zaragoza, Murcia o Palma. En la página de tu ciudad verás a qué hospital acudir y qué juzgado resolvería si hubiera pleito; para empezar, cuéntanos tu caso.

Fuentes: Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004), BOE, artículos 1, 7 y 11; Código Civil, BOE, artículo 1902.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la indemnización por un atropello?

La aseguradora del vehículo que te atropelló. Si no tenía seguro o el conductor huyó, el Consorcio de Compensación de Seguros.

¿Me pagan si crucé por donde no debía?

Normalmente sí, aunque la aseguradora puede pedir que se reduzca la indemnización por tu parte de culpa, como máximo un 75 %. Solo pierdes todo el derecho si el atropello fue culpa exclusiva tuya.

¿Y si el atropellado es un niño?

Si es menor de 14 años, su posible culpa no reduce la indemnización por sus lesiones y secuelas, salvo que actuara a propósito.

¿Qué pasa si me atropella una bicicleta?

Las bicicletas no tienen seguro obligatorio. Se reclama al ciclista según el Código Civil y conviene averiguar si tiene un seguro de responsabilidad civil que lo cubra.

Contenido revisado por un abogado colegiado de Indemnización Tráfico. Actualizado el 24 de octubre de 2026.

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