indemnización tráfico Abogados de accidentes de tráfico

Inicio › Guía del lesionado › Seguro obligatorio del patinete eléctrico

Novedades 2026

Seguro obligatorio del patinete eléctrico

Sí, es obligatorio desde el 2 de enero de 2026. Te explicamos qué patinetes tienen que asegurarse, cómo se contrata, qué cubre y qué no, y qué te pasa si te paran o tienes un accidente sin él.

M
Desde el 2 de enero de 2026, el dueño del patinete tiene que tenerlo asegurado. Además, debe inscribirlo en el registro de la DGT y llevar su etiqueta.

¿Es obligatorio el seguro del patinete eléctrico?

Sí. La Ley 5/2025, de 24 de julio, creó el seguro obligatorio de responsabilidad civil para los patinetes eléctricos y lo puso en vigor el 2 de enero de 2026. Lo tiene que contratar el propietario de cada patinete que pueda circular, es decir, que tenga certificado de circulación, esté inscrito en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT) y lleve su etiqueta con el número de inscripción.

La ley no habla de «patinetes», sino de vehículos personales ligeros: los de una sola plaza, con motor eléctrico, que corren entre 6 y 25 km/h si pesan menos de 25 kg, o entre 6 y 14 km/h si pesan más. Ahí entran casi todos los patinetes eléctricos que se venden. Las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido de hasta 250 W no lo necesitan.

Si tu patinete corre más de 25 km/h, o pesa más de 25 kg y pasa de 14 km/h, la ley ya no lo considera un vehículo personal ligero, sino un vehículo a motor, como una moto: necesita el seguro obligatorio de siempre y las multas por no tenerlo son las del coche.

Cómo se contrata, paso a paso

  1. Comprueba que tu patinete está certificado. Los vendidos desde el 22 de enero de 2024 llevan de fábrica una placa metálica con el número de certificado. Los anteriores, sin placa, pueden registrarse y asegurarse igual, pero solo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027.
  2. Inscríbelo en el registro de la DGT. Por internet, en la sede electrónica o en la aplicación miDGT, o en una Jefatura de Tráfico con cita previa. Te dan un certificado con el número de tu patinete. Si el propietario es menor de edad, lo tramitan sus padres o tutores.
  3. Ponle la etiqueta. Con ese certificado te la imprimen en un establecimiento que haga matrículas, y va detrás, debajo de la luz trasera.
  4. Contrata el seguro. Con el certificado de inscripción puedes asegurarlo en la compañía que quieras. Si ninguna te acepta, la ley prevé que pueda asumirlo el Consorcio de Compensación de Seguros en las condiciones que se fijen reglamentariamente.

Tienes todos los detalles del registro, la etiqueta y la placa en las normas del patinete eléctrico.

Qué cubre y qué no cubre

Es un seguro de responsabilidad civil: paga los daños que tú causes a otros con el patinete. Por ejemplo, las lesiones del peatón al que atropellas o el golpe que le das a un coche.

CubreNo cubre
Las lesiones que causes a otras personas, como mínimo hasta 6.450.000 € por accidenteTus propias lesiones si te caes o tienes la culpa
Los daños que causes en cosas de otros, como mínimo hasta 1.300.000 € por accidenteLos daños de tu propio patinete, ni el robo
Los accidentes dentro de EspañaLos accidentes en el extranjero

Si quieres protección para ti o para el patinete, las aseguradoras ofrecen coberturas voluntarias (accidentes personales, robo o daños propios) que se contratan aparte. Y ojo: si has manipulado el patinete para que corra más y eso influye en el accidente, la aseguradora pagará a la víctima, pero después podrá reclamarte a ti lo que pague.

Multas por no tener seguro

  • Patinete normal (vehículo personal ligero): multa de un tercio de la que corresponde a un coche, es decir, de unos 200 € a unos 1.000 €, según el caso.
  • Patinete que supera los límites (más de 25 km/h, o más de 25 kg y más de 14 km/h): de 601 € a 3.005 €, como cualquier vehículo a motor.
  • Además, el patinete no puede circular y se puede llevar al depósito o precintar a tu costa hasta que demuestres que lo has asegurado: un mes, o tres si reincides.

Si hay un accidente

Si ibas en el patinete y te golpea un coche, tus lesiones las paga el seguro del coche, no el tuyo. Lo explicamos en indemnización por accidente en patinete eléctrico.

Si te atropella un patinete asegurado, reclamas a su aseguradora como a la de un coche, con el mismo baremo y la misma oferta motivada en tres meses.

Si el patinete estaba registrado pero no tenía seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros paga las lesiones que necesitaron asistencia sanitaria y los daños por fallecimiento, pero no los daños materiales; después reclama ese dinero al dueño del patinete.

Si el patinete no estaba registrado, hoy el Consorcio no interviene: hay que reclamar directamente al conductor o al propietario. Por eso, si te atropella un patinete, apunta su número de etiqueta, haz fotos y busca testigos.

Si has tenido un accidente con un patinete, cuéntanos tu caso y te decimos a quién reclamar. Llevamos estos casos a distancia en toda España; en las páginas de Madrid, Barcelona, València o Sevilla tienes además la ordenanza de patinetes de cada ciudad.

Fuentes: Ley 5/2025, de 24 de julio, disposición adicional primera y disposición final novena, BOE; texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004), artículos 1 bis, 3, 10 y 11, BOE; Real Decreto 52/2026, de 28 de enero (registro de vehículos personales ligeros), BOE.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio el seguro del patinete?

Desde el 2 de enero de 2026, según la Ley 5/2025. Para contratarlo, antes hay que inscribir el patinete en el registro de la DGT, que se abrió a finales de enero de 2026.

¿Cuánto cuesta el seguro del patinete eléctrico?

No hay un precio fijo: lo pone cada aseguradora según las coberturas. La ley solo fija lo mínimo que tiene que cubrir: 6.450.000 € por daños a personas y 1.300.000 € por daños materiales en cada accidente.

¿El seguro me paga si me caigo yo?

No. El seguro obligatorio es de responsabilidad civil y paga los daños que causas a otros. Para tus propias lesiones necesitas una cobertura voluntaria de accidentes personales, o reclamar al responsable si otro causó el accidente.

Uso un patinete de alquiler, ¿tengo que asegurarlo?

No. La obligación es del propietario del patinete, que en el alquiler es la empresa. Antes de usarlo, comprueba en la aplicación qué cubre su seguro.

¿Cubre a mi hijo si conduce mi patinete?

El seguro va ligado al patinete y cubre los daños a terceros que cause quien lo conduce. Recuerda que los menores de 15 años no pueden conducir un patinete eléctrico desde el 1 de octubre de 2026.

¿Qué multa hay por ir sin seguro?

Un tercio de la multa del coche: de unos 200 € a unos 1.000 €, y el patinete puede ir al depósito hasta que lo asegures. Si el patinete supera los 25 km/h, la multa es de 601 € a 3.005 €.

Contenido revisado por un abogado colegiado de Indemnización Tráfico. Actualizado el 25 de octubre de 2026.

Cuéntanos tu caso

Te orientamos gratis y todo se hace desde el móvil. Solo cobramos si tú cobras.

WhatsApp